sexta-feira, 14 de maio de 2010

¿La mariología de Benedicto XVI en su peregrinación a Fátima se aparta de la línea trazada por el Concilio Vaticano II? ¿Un pequeño campanazo de alert

De la recientemente concluida peregrinación de Benedicto XVI al santuario mariano de Fátima, podemos destacar algunas expresiones (títulos) con los que Él se dirigió a la Santísima Virgen, mismos que algunas de las lumbreras mariológicas (que pululan en los tiempos recientes y actuales) de nuestra Iglesia, rechazan o por lo menos, aceptan de manera reservada.

María, “Esposa del Espíritu Santo”

Con el título de “Esposa del Espíritu Santo” se dirigió el sumo Pontífice a la Santísima Virgen durante el Acto de Consagración de los Sacerdotes al Inmaculado Corazón de María, en la Iglesia de la Santísima Trinidad de Fátima en May-12-2010. Es bien llamativo que Benedicto XVI, quien en la época del Concilio Vaticano II, participó del mismo como “perito” conciliar, hubiera utilizado ésta concreta expresión de “Esposa del Espíritu Santo”, ya que según se nos ha explicado (desde la época del Concilio y hasta la presente), el Concilio Vaticano II prefirió llamar a la Santísima Virgen “Sagrario del Espíritu Santo” (cf. Lumen Gentium, 53. En algunas traducciones aparece también el término “templo” en lugar de “sagrario”) en vez de “Esposa del Espíritu Santo”, para evitar el equívoco de considerar al Espíritu Santo como Padre de Jesús, y a María como su complemento.

María, “Mediadora” y “Abogada”

En la misma ocasión de la Acto de Consagración de los Sacerdotes al Inmaculado Corazón de María, en la Iglesia de la Santísima Trinidad de Fátima en May-12-2010, Benedicto XVI llamó a la Santísima Virgen “Abogada y Mediadora de la gracia”. Estos dos títulos en la actualidad son objeto de numerosas discusiones en vista de la posibilidad y oportunidad de ser definidos dogmáticamente. La más notoria de esas discusiones ocurrió en 1997 cuando con ocasión del XII Congreso Mariológico de Częstochowa, celebrado de Agosto 18 al 24 de ese año, la Santa Sede pidió a ese congreso emitiera un parecer sobre la posibilidad y oportunidad de la definición de los títulos marianos de “Mediadora”, “Corredentora” y “Abogada”, para lo cual se constituyó una comisión de 11 teólogos Católicos, 3 Ortodoxos y 1 Luterano; que emitió una declaración en ago-24-1997, en la que se lee entre otras:

«Los títulos, tal como son propuestos, resultan ambiguos ya que pueden entenderse de maneras muy distintas. Por otra parte, pareció que no debía abandonarse la línea teológica seguida por el Concilio Vaticano II, el cual no quiso definir ninguno de ellos, ni utilizó en su magisterio el título de “Corredentora”; y de los títulos de “Mediadora” y “Abogada” hizo uso muy sobrio (cf. Lumen Gentium, 62).»

L’Osservatore Romano publicó la aludida “Declaración de la Comisión Teológica del Congreso Mariólogico de Częstochowa” en su edición semanal en lengua española de Jun-13-1997 Pág. 12, a la par que publicó un comentario anónimo de una página titulado “Respuesta a la solicitud de una definición de los títulos de María: Mediadora, Corredentora y Abogada”, el cual contenía tendenciosas afirmaciones respecto del uso dado en tiempos recientes de los títulos “Mediadora”, “Corredentora” y “Abogada”.

Vamos a concluir esta entrada en este punto, ya que sabemos que las primeras reacciones de los modernos sabihondos será la de que esos títulos dados por Benedicto XVI a la Santísima Virgen, no gozan de un peso doctrinal específico, ya que no los utilizó en una encíclica o en una exhortación apostólica, sino en el simple y casi despreciable contexto de una insignificante peregrinación a un santuario mariano; ó que esos títulos en boca del Papa son una vacía concesión a los sectores mas conservadores de la Iglesia, pero que lo que importa es lo que dice el Concilio, que el Concilio esto, que el Concilio aquello, el Concilio, el Concilio, el Concilio…

Fonte: Secretum Meum Mihi

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